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¿Qué es la Comisión de Ética Pública (CEP)?

Las Comisiones de Ética Pública (CEP) son organismos responsables de promover el buen funcionamiento de la administración pública a través del desarrollo de una cultura organizacional de ética y transparencia en las instituciones públicas donde operan. En tal sentido trabajan como entes consultivos, educativos, deliberativos y de intervención en los problemas éticos que se presenten en el ámbito laboral y profesional.

Su funcionamiento está regulado por el decreto 143-17, emitido por la Presidencia de la República Dominicana, Resolución No. 1-2012, Gaceta Oficial 10882 Fecha Promulgación 21/04/2017.

Objetivo de la Comisión de Ética

Fomentar el correcto proceder de los servidores públicos de la institución a la que pertenezcan, promover su apego a la ética, normas de integridad, procedimientos y normativas vigentes, así como impulsar medidas orientadas a fortalecer la transparencia y rendición de cuentas oportuna a la ciudadanía

Funciones de las CEP

  • Diseñar e implementar programas de sensibilización y/o difusión de ética, dirigidos a sus miembros y de la comunidad laboral (función educativa).
  • Fomentar en su institución los buenos modos de hacer (buenas prácticas).
  • Promocionar la ética mediante periódicos creados por ellos mismos, boletines, murales, noticias, actividades, charlas para los servidores públicos.
  • Seguimiento para la suscripción y remisión a la DIGEIG del Código de Pautas éticas que corresponde firmar a los funcionarios designados por decreto.
  • Realizar monitoreo y seguimiento a los códigos de pautas éticas y códigos de ética institucional, y remitir oportunamente a la DIGEIG los informes correspondientes.
  • Fomentar la humanización del trabajo, diseñando acciones que desarrollen los potenciales creativos de los individuos, mejorando al mismo tiempo la gestión institucional y el desempeño laboral.
  • Mantener actualizada la CEP institucional, notificando a la DIGE3IG sobre cambios realizados en la misma, y gestionar con la Alta Dirección las adecuaciones que pudieran ser requeridas.
  • Gestionar el acompañamiento de la DIGEIG, en reuniones en donde la CEP lo considere pertinente.
  • Canalizar a las instancias correspondientes, aquellas denuncias de actos de corrupción pública que por intermedio de las CEP, formulen personas o instituciones sobre actuaciones dolosas de funcionarios e empleados públicos.
  • Promover que los miembros de la CEP reciban capacitación adecuada para el eficiente y eficaz ejercicio de sus funciones.
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